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  • Foto del escritorDr. Christopher Knüppel

Modificaciones en normativa de los Servicios de Prevención y Salud en empresas

Actualizado: 23 oct 2023

El pasado 7 de octubre el Poder Ejecutivo decretó modificaciones al Decreto 127/014 reglamentario de la Ley 15.965 respecto a la aprobación de Convenios Internacionales de Trabajo en materia de seguridad, salud e higiene.


La referida normativa establece las condiciones necesarias para la implementación de los Servicios de Prevención y Salud en el trabajo. Dicha obligación se extiende a cualquier actividad, sea cual fuera la naturaleza comercial, industrial, rural o de servicio de la misma y tenga o no finalidad de lucro, tanto en el ámbito público como privado.


Hasta la fecha, las obligaciones eran estipuladas en la siguiente forma:


- Empresas con más de 300 trabajadores: servicio integrado al menos por un Médico y un Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional.

- Empresas que tengan entre 50 y 300 empleados: servicio que podrá ser externo, integrado por al menos un Médico y un Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional que intervendrá en forma trimestral como mínimo.

- Empresas que tengan entre 5 y 50 trabajadores: servicio que podrá ser externo, integrado por al menos un Médico y un Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional que intervendrá en forma semestral como mínimo.


Nueva normativa:


El Decreto agrega el Artículo 5 BIS el cual establece que las empresas entre 5 y 50 trabajadores deberán, a partir del 1 de noviembre de 2022, elaborar un Plan de Prevención de Riesgos, realizado por un técnico con título habilitante que deberá incluir:


a. Identificación de peligros

b. Evaluación de riesgos

c. Medidas correctivas

d. Cronograma de cumplimiento


El Plan de Prevención deberá realizar una vez cada 6 meses y el resultado de la evaluación de riesgos dará a conocer la necesidad o no de que la empresa cuente con Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo.


El nuevo artículo también establece que no se permitirá trabajar a aquellos trabajadores que no cuenten con el control de salud vigente.

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