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RESIDENCIA FISCAL

A partir del año 2020 el Gobierno uruguayo emitió nuevas condiciones para acceder a la residencia fiscal en el Uruguay, presentándose como una oportunidad atractiva de inversión en
el país.

Image by Guilherme Roveda Hellwinkel

REQUISITOS

01

Permanecer un mínimo de 183 días en el territorio uruguayo en año calendario

(Se admiten ausencias periódicas no mayores a 30, las cuales serán consideradas como días de residencia en Uruguay, de todas formas, debe haber residencia efectiva entre 140 y 150 días en el territorio).

02

Inversión en inmueble mayor a 3.500.000 de UI (USD 380.000) junto con el registro de la presencia física de 60 días en el año civil en el territorio uruguayo.

03

Inversión en empresas por un monto mayor a 15.000.000 de UI (USD 1.600.000) junto al requisito de que genere al menos 15 nuevos puestos de trabajo en relación de dependencia durante el año civil.

04

Tener el centro principal de negocios en Uruguay: cuando la persona genera en Uruguay el mayor volumen de rentas

05

Tener base de los intereses vitales en Uruguay: esposa e hijos residan en el país.

TRIBUTACIÓN

A la persona física que se convierte en residente fiscal a partir del año 2020, durante los primeros once años se otorgará un período de vacaciones fiscales: no tributación de personas físicas sobre las rentas obtenidas en el exterior.

A partir del decimosegundo año tributarán únicamente sobre intereses y dividendos, a
una tasa del 12%.

Rentas en el exterior nunca se tributan en Uruguay.

Opcional: no estar amparado en la exoneración durante los once años y tributar a una tasa reducida de 7% desde el año que se convierte en residente fiscal.

Uruguay no grava la tenencia de activos en el exterior.

PROCESO Y TRÁMITE

Para poder comenzar el trámite de pérdida de residencia en Argentina hay que primero obtener la residencia en Uruguay.

 

En el caso de residencia por días no se requiere ningún trámite inicial. En el caso de las demás causales es necesaria la tramitación del proceso en expediente ante DGI, del cual luego se obtendrá el certificado.

 

Las condiciones deben cumplirse cada año para no perder la residencia.

 

Desde Arechavaleta & Asociados ofrecemos el servicio en asesoría sobre residencia fiscal, proyectos de inversión y demás cuestiones afines.

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